En qué consisten las dos herramientas que tiene a mano Vicentín para salvar sus empresas. Explicación con AUDIO.
Al día siguiente que Vicentín pidió al juez el concurso preventivo de acreedores, la Bolsa de Comercio de Rosario la suspendió como operadora del Mercado Físico de Granos hasta que logre un acuerdo con sus acreedores.

El drama del Grupo Vicentín sacude en varios lugares del país pero especialmente en Reconquista, Avellaneda, Nicanor Molinas y San Lorenzo, donde sostiene miles de puestos de trabajo.
Con el objetivo de preservar el patrimonio de la empresa y frenar juicios, embargos, ejecuciones y otras complicaciones de quienes se sienten damnificados por la empresa, Vicentín pidió el lunes a un juez de Reconquista que disponga la apertura del Concurso Preventivo de Acreedores mientras avanza con ellos con propuestas para intentar un Acuerdo Preventivo Extrajudicial, que es otra herramienta legal pero que a diferencia del Concurso no requiere de la intervención judicial, si el deudor obtiene los porcentajes mínimos que exige la ley queda homologado para todos.
Los porcentajes mínimos que exige la ley para alcanzar el APE y el CPA son los mismos:
66% del monto total de capital adeudado y el 51% del total de los acreedores. Ambos requisitos deben cumplirse, explicó Sandrigo en ReconquistaHOY.
LA BOLSA DE COMERCIO DE ROSARIO SUSPENDIO A VICENTÍN
Así lo comunicó:
Señores asociados:
Por la presente les hacemos saber la resolución adoptada por al Institución el día de ayer.
RESOLUCIÓN DE MESA EJECUTIVA N° 01/2020
VISTO
Que la firma VICENTIN S.A.I.C., con domicilio en Calle 14 N° 498, de la localidad de Avellaneda, Provincia de Santa Fe, presentó en el día de la fecha la solicitud de apertura de Concurso Preventivo de acreedores ante el Juzgado de Primera Instancia Distrito N° 4, en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe; y
CONSIDERANDO
Que la firma VICENTIN S.A.I.C. es asociada activa Nº 4499 de esta Bolsa y se encuentra inscripta en el Registro de Operadores del Mercado Físico de Granos.
Que el artículo 10° segundo párrafo del Reglamento de Operadores del Mercado Físico de Granos establece que "la presentación en concurso preventivo de una firma operadora determinará la suspensión de la misma hasta que se acredite la homologación del acuerdo preventivo logrado con sus acreedores".
Que, por su parte, el artículo 35° establece que "las firmas operadoras suspendidas, cualquiera fuese el carácter de la suspensión, quedan inhabilitadas para actuar en el mercado por el tiempo que dure la suspensión, estándoles vedada la concertación y registración de operaciones en la Bolsa. Subsisten no obstante en un todo las obligaciones asumidas para con la Institución y/o con otras firmas operadoras o terceros".
Que adicionalmente es de conocimiento público que VICENTIN S.A.I.C. ha suspendido los pagos de sus obligaciones comerciales, lo que ha generado el inicio de demandas de varios de sus acreedores ante la Cámara Arbitral de Cereales de esta Bolsa.
Que, consecuentemente, es facultad de la Mesa Ejecutiva resolver las medidas establecidas en el Reglamento de Operadores del Mercado Físico de Granos respecto de las personas jurídicas inscriptas.
Por todo ello, conforme lo establecido en los artículos 10° y 35° del Reglamento de Operadores del Mercado Físico de Granos, y en ejercicio de las atribuciones que le competen,
LA MESA EJECUTIVA DE LA BOLSA DE COMERCIO DE ROSARIO
R E S U E L V E:
1) Suspender a la firma VICENTIN S.A.I.C. como operadora del Mercado Físico de Granos de esta Bolsa, hasta que se acredite la homologación del acuerdo preventivo logrado con sus acreedores.
2) Dar cuenta de la presente resolución al Consejo Directivo de la Institución en su primera reunión.
3) Notificar esta resolución a la firma VICENTIN S.A.I.C..
4) Publicar la presente en el recinto de la Institución y dar difusión entre sus asociados.
11 de febrero de 2020.