Se aceleraron los arrestos por violar la cuarentena. VIDEO.
Video del ingreso a la celda de varios arrestados en la noche del domingo por no cumplir la cuarentena.
En la Región Reconquista, ya son más de 100 las personas serán sometidas a proceso judicial por violar los artículos 205 y 239 del Código Penal Argentino. Algunos suman otros delitos porque enfrentaron a los policías, otros porque además robaron, o amenazaron, o lesionaron personas y hasta mataron un animal, en diferentes casos ya judicializados.
Además de condenarlos y generarles un antecedente penal, se les puede aplicar multas.
Video II . Vemos personal municipal controlando el tránsito frente al Camping del Rey en la noche del domingo.
Qué dice el decreto presidencial al respecto:
ARTÍCULO 3º.- El MINISTERIO DE SEGURIDAD dispondrá controles permanentes en rutas, vías y espacios públicos, accesos y demás lugares estratégicos que determine, en coordinación y en forma concurrente con sus pares de las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para garantizar el cumplimiento del“aislamiento social, preventivo y obligatorio”, de las normas vigentes dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria y de sus normas complementarias.
Las autoridades de las demás jurisdicciones y organismos del sector público nacional, en el ámbito de sus competencias, y en coordinación y en forma concurrente con sus pares de las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dispondrán procedimientos de fiscalización con la misma finalidad.
ARTÍCULO 4º.- Cuando se constate la existencia de infracción al cumplimiento del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" o a otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.
El MINISTERIO DE SEGURIDAD deberá disponer la inmediata detención de los vehículos que circulen en infracción a lo dispuesto en el presente decreto y procederá a su retención preventiva por el tiempo que resulte necesario, a fin de evitar el desplazamiento de los mismos, para salvaguarda de la salud pública y para evitar la propagación del virus.
Respecto a esta indicación, hasta el domingo ReconquistaHOY supo del secuestro preventivo de un auto y una camioneta en jurisdicción de la Unidad Fiscal Las Toscas. No tenemos información del resto de la Región Reconquista que se cumpla con esta indicación.
Qué dice el Código Penal
ARTICULO 205. - Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia.
ARTICULO 239. - Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal.
En Rosario y Santa Fe implantarán una aplicación en el celular de las personas que son investigadas por no cumplir el aislamiento
Se instalará en los teléfonos móviles de quienes fueron intimados a aislarse o de quienes están detenidos en sus viviendas. El dispositivo tiene un fin preventivo y permitirá localizarlos.
El Ministerio Público de la Acusación, MPA, informó que implantará una aplicación en los teléfonos celulares de las personas que estén cumpliendo el aislamiento dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional.
El dispositivo será instalado en el aparato móvil de la persona investigada con un fin preventivo y para poder localizarla.
"Se le informará a la persona sobre los alcances y consecuencias del control que se realizará por medio de la aplicación”, indicó la funcionaria de la Fiscalía General, Marina Pieretti. “La finalidad es posibilitar el efectivo control del cumplimiento del aislamiento dispuesto por la autoridad judicial”, agregó.
Pieretti también indicó que “en el documento que deberá firmar, la persona reconocerá que fue informada de que en caso de violar el aislamiento –ya sea por abandonar el lugar o por impedir a las autoridades su localización en tiempo real–, será pasible de la pena de seis meses a dos años de prisión que establece el artículo 205 del Código Penal”.
"En la misma pena incurrirá en caso de borrar, desinstalar o desactivar la aplicación o si realizara cualquier maniobra que impida su correcto funcionamiento”, añadió la funcionaria.
"Con esta medida, se busca optimizar el uso de los recursos. Se utiliza la tecnología para el control y se desafecta al personal policial que hoy está controlando los domicilios de esas personas”, sostuvo Pieretti.
Pieretti informó que los operativos para la implantación de la aplicación se hará para casos de incumplimiento que se detecten en las ciudades de Santa Fe y en Rosario, en principio con orden de los fiscales a cargo de las Unidades Fiscales creadas Ad Hoc.
"La instalación de la aplicación en los teléfonos celulares estará a cargo de personal de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), mientras que el Organismo de Investigaciones del MPA tendrá a su cargo el control y monitoreo de los reportes que efectúe la aplicación, coordinado todo desde la Fiscalía General”, concluyó Pieretti.
Oficina de Prensa y Difusión MPA.
