En qué términos el juez Lorenzini rechazó otro pedido de apartamiento planteado por una empresa acreedora de Vicentín.

El juez civil y comercial de Reconquista Fabián Lorenzini, rechazó "in límine" otro pedido de apartamiento del Concurso Preventivo de Acreedores de la firma Vicentín saic, presentado por otro acreedor que desea cobrar y no quiere en el medio al magistrado reconquistense.
El abogado Gustavo Esteban Feldman, actuando con sustitución de facultades otorgada por parte del Dr. Sebastián Farina, planteó
la recusación con causa del Dr. Lorenzini, invocando la aplicación de los Arts. 10, incs. 8; y 17 del Código Procesal Civil y Comercial de la provincia de Santa Fe.
Sustentó su pretensión recusatoria en una serie de consideraciones
acerca de la influencia que tendría Vicentín saic sobre toda la población
local, y en particular con respecto al magistrado que controla el concurso.
El demandante realizó múltiples consideraciones valorativas acerca de las condiciones sociales, culturales y económicas relativas al juez, para concluir que Lorenzini habría perdido la imparcialidad, debiendo por lo tanto apartarse del control del Concurso Preventivo de Acreedores.
La respuesta del juez fue rechazar "in límine" el planteo "por improcedente e infundado".
Sostiene Lorenzini que "la imparcialidad judicial consiste en juzgar leal y equitativamente, con arreglo al derecho, sin inclinarse mas a una que a otra parte por interés, afecto u odio..."; y responde que no existe ninguna circunstancia entre él y ninguna de las partes como para que eso afecte el debido proceso judicial.
"La supuesta parcialidad de esta Magistratura, no tienen entidad jurídica", expresó Lorenzini en su resolución que aquí podés leer completa.
BAJÁ EL TONITO QUE NO ESCUCHO LOS ARGUMENTOS
"El uso de los mas fuertes epítetos y descalificativos en los escritos
impugnativos, no mejora las articulaciones contenidas en los mismos, ni puede erigirse -obviamente- como causal de separación, pues su admisión dejaría abierta una vía sencilla para posibilitar maniobras tendientes al desplazamiento de los jueces naturales de la causa...". En su veredicto, el juez Lorenzini recuerda esa expresión de la Corte Provincial vinculada con otra causa donde se expresó oportunamente.