Condenaron a un repitente abusador sexual que además fue muy desobediente de las restricciones judiciales.

La jueza Claudia Bressán condenó a Néstor Matías Bais a la pena de 1 año y 10 meses de prisión de efectivo cumplimiento, como autor penalmente responsable de los delitos de abusos sexuales simples en dos oportunidades, desobediencia al mandato judicial en tres oportunidades, más desobediencia a mandato judicial reiterado, lesiones leves agravadas y amenazas, en concurso real de delitos.
Al salir de prisión, Bais deberá cumplir las siguientes obligaciones por el transcurso de dos años posteriores al encarcelamiento: a) Fijar una residencia o domicilio que no podrá variar ni modificar sin previa comunicación y justificación en la ciudad de Santa Fe; b) Abstención de ingresar a la ciudad de Reconquista salvo causa debidamente justificada y previa autorización del juez competente; c) Abstenerse de concurrir a determinados lugares o de relaciones con determinadas personas la prohibición de comunicarse por cualquier medio ni intermedio de terceros ni acercarse a menos de 200 metros de las víctimas; d) Realizar un tratamiento psicológico o médico psiquiátrico; e) Adoptar un oficio u profesión; f) Obligación de abonar una reparación civil en favor de las víctimas; g) Abstenerse de consumir estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas.
La condena fue en procedimiento abreviado según acuerdo alcanzado entre el fiscal Aldo Gerosa y el abogado defensor Andrés Ghio, con el consentimiento de las víctimas.
El fiscal Aldo Héctor Gerosa integrante de la Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Sexual y Familiar de Reconquista, intervino en la investigación de los hechos que fueron acumulados, hechos que tuvieron como víctimas a varias personas de nuestra ciudad que fueron denunciando desde el mes de diciembre de 2017.
Calificación Legal.
En las diferentes audiencias de imputación realizadas a partir de las denuncias de las víctimas a Bais, se lo imputó por dos hechos de abusos sexuales simples (arts. 119 1er. párrafo del C. Penal); en tres hechos, desobediencia al mandato judicial (Arts. 239 CP) en concurso ideal con lesiones leves (daño a la salud mental y psicológica de la víctima) agravadas por ser cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género. También fue imputado por desobediencia al mandato judicial reiterado en un número indeterminado de veces en concurso real con amenazas (bajo la forma de amenazas gestuales y simbólicas, mediando violencia de género). Todos los hechos se presentan en concurso real entre sí y en calidad de autor (arts. 239, 54, 92, 80 inc. 11, 239, 149 bis 1er párrafo 239, 45 y 55 del Código Penal).

"Queremos que el ciudadano se rehabilite, pueda insertarse a la sociedad y que no vuelva a delinquir", expresó el fiscal Gerosa, añadiendo que "lo más usual es que las reglas de conductas se impongan para los casos de suspensión del procedimiento a prueba, aquí lo excepcional es que debe cumplir con la pena y además las reglas de conductas por dos años, entre las cuales se disponen tratamientos con profesionales específicos que ya había sido ordenado por un juez civil a pedido de una de las víctimas y que el condenado incumplió".
La condena fue firmada el 10 de noviembre de 2020.
Temas en esta nota
Néstor Matías Bais. abusos sexuales desobediencia al mandato judicial lesiones agravadas amenazas condenado
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