El tribunal que por unanimidad condenó a prisión perpetua al asesino de Bernardo Charpentier, dio a conocer sus fundamentos.
Cómo Lucas Aquino entró a la casa de Bernardo Charpentier y lo mató con clara intención y actuando con alevosía aprovechándose de su indefensión ya que era cuadripléjico; el informe del médico forense sobre las lesiones causadas y cuáles fueron las heridas mortales, testimonios de los policías que entraron a la casa, sus cuidadores, entre otros; el celular que le sustrajo y regaló a su suegra; el microondas que cambió por cocaína, y todo lo que el tribunal compuesto por los jueces Gustavo Gon, Norma Senn y Fernando Gazze dio por probado para condenar a Lucas Aquino, 23, a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio agravado por alevosía y hurto, en concurso real.
Aquino fue declarado "reincidente", de manera que ningún otro juez pueda beneficiarlo con transformarle la prisión de cumplimiento efectivo en condicional. Conforme surge de los antecedentes penales (Informe del Registro Nacional de Reincidencia), al momento de cometer los hechos investigados, Lucas Aquino se encontraba purgando pena privativa de libertad impuesta por sentencia dictada por el Juez en lo Penal Sentencia de la ciudad de Reconquista, resolución de fecha 11 de diciembre de 2017, con condena de un año de prisión de efectivo cumplimiento, unificando con una condena
anterior en tres años de prisión de efectivo cumplimiento, con vencimiento el día 16 de marzo de 2020. "Por ello, se advierte que se dan en el caso los presupuestos de procedencia para declarar reincidente al imputado", sostiene el veredicto unánime de los tres jueces.
Como el veredicto es de primera instancia, ahora está sujeto a la revisión de la Cámara Penal de Apelaciones; mientras tanto, Lucas Aquino sigue preso.
OTRA INVESTIGACIÓN POR VIOLACIÓN A LA LEY DE DROGAS
El tribunal decidió además remitir a la fiscalía Federal de Reconquista, copias de las grabaciones de las audiencias a los fines de investigar la conducta del testigo Matías Daniel Luque, por presunta infracción a la Ley N° 23.737. En el juicio surgió que fue Luque quien le canjeó a Aquino el microondas robado a Bernardo, por cocaína. "Indudablemente que aquí nos encontramos con una conducta, por parte de Luque, que queda atrapada por el supuesto del artículo 5 inciso c) de la Ley 23.737, que pena a todo aquel que "dé en pago" estupefacientes", sostiene el tribunal.
De la deposición de Luque en el juicio, surge que la noche del crimen contra Bernardo, entre las 23:00 y las 24:00 horas, cuando Matías Luque llegó a su departamento sito en calle Almafuerte N° 1028, llegaron Lucas Aquino y Mariano García, en bicicleta y con un microondas. Que lo llamaron para ver si quería comprar el microondas. Que quien ofertó el microondas fue Mariano. Que el testigo no tenía plata pero les dio una bolsita de "merca". También dijo [en relación a
Lucas y Mariano] que "se notaba que estaban pasados". Que cuando se enteró de dónde provenía el microondas se asustó y lo tiró en una cuneta en Barrio Asunción. Y reconoció el microondas en audiencia de debate.