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ACCIONES DE TERROR CONTRA UNA MUJER

Condenaron a un reconquistense que desobedecía las restricciones judiciales y atacaba a golpes a su expareja. Llegó a violarla y la tenía bajo amenazas

Nicolás Ramón Arce DNI N° 34 746 432, fue condenado a la pena de cinco años y seis meses de prisión de ejecución efectiva, que empezó a cumplirla el mismo día de la sentencia.

La sentencia la firmó el juez penal Santiago Banegas, tal lo acordado por el representante del Ministerio Público de la Acusación, Dr. Aldo Gerosa; y la defensora pública María Noel Severo, en el marco de un juicio abreviado, con el consentimiento de las víctimas.

Arce llegó al juicio acusado de los siguientes hechos:

Primero hecho: "El 7 de diciembre de 2015, poco antes del mediodía, Nicolás Ramón Arce entró en la habitación donde convivía con su pareja, JNG, en el inmueble del padre de esta, en el Barrio 314 Viviendas de la Ciudad de Reconquista; donde la empujó a la cama, le pegó en la espalda y en la cara, con la mano abierta, le rompió y le bajó el pantalón corto que tenía puesto, rompió la ropa interior y le introdujo la mano en la vagina, apretándola fuertemente para luego empezar a arrastrarla hasta sacarla de la cama y tirarla al piso. En tales circunstancias, siguió arrastrándola hasta que apareció el hermano de Yésica, (Cristian) quien estaba durmiendo en otra pieza de la parte de adelante del inmueble. En ese momento, subió a su motocicleta y escapó.

Segundo hecho: ""El 6 de mayo de 2017, en el mismo domicilio de JNG, entre las de las 02.30 y las 3.00 horas de la madrugada, mientras la víctima estaba sentada en el patio, sola, mirando su Facebook en su celular, se acercó rápidamente, le manoteó el teléfono celular, le tapó la boca con la mano, apretándola fuertemente para que no respire. Como la víctima forcejeaba, con la misma mano que le tapó la boca, le metió los dedos adentro de la boca y hasta la garganta, impidiéndole gritar y respirar. Desesperada, al no poder respirar, Jésica se arrastró por el patio, mientras el imputado seguía intentando asfixiarla, hasta que, por casualidad, el hermano de Jésica —Cristian— abrió la puerta de atrás de la casa del padre y gritó algo como 'dejá de discutir', frente a lo cual Arce se fue";

Tercer hecho: "el 10 de febrero de 2018, siendo aproximadamente las 21.00 horas, luego de una discusión a causa de que dos niñas menores de edad jugaban con agua en la vereda y haber mojado a la hija de Nicolás Ramón Arce, este golpeó con unos caños que tenía en la mano, la parte superior del ojo izquierdo y luego la pantorrilla izquierda de la señora Débora Alejandra Olivera, domiciliada en calle Pasaje 130/132 al 844 del Barrio Belgrano de la Ciudad de Avellaneda, debiendo la víctima ser atendida en la guardia del Hospital Central de Reconquista.

Cuarto hecho: "desde el mes de octubre del año 2019, aproximadamente, y hasta el 3 de enero de 2020, Nicolás Ramón Arce amenazó reiteradamente a su expareja, JNG, entonces domiciliada en el Pasaje 130/132 al 855 del Barrio Belgrano de la Ciudad de Avellaneda, con prender fuego la casa y el mobiliario, si algún hombre se le acercase. También le habían imputado concurrir al domicilio a horas inadecuadas, amenazarla y exigirle ver a la hija no conviviente. Haber rondado la vivienda de las menores en horas de la madrugada, mirando por las aberturas o haciendo ruidos en el patio o sector externo del inmueble, ocasionando temor en la niña de 12 años de edad en esa fecha, hija de una anterior pareja de su ex; e intentó ingresar reiteradamente y sin permiso a la vivienda cuando los niños estaban solos, o de noche, generando temor al grupo familiar, especialmente cuando estaban durmiendo";

Quinto hecho: "El 14 de septiembre de 2020, aproximadamente entre las 12.30 y las 13.00 horas, se presentó en el domicilio de su expareja, JNG, en el Barrio Belgrano de la ciudad de Avellaneda, pese a la existencia debidamente notificada de una medida de prohibición de acercamiento; y, en tal circunstancia, sustrajo del domicilio, botellas de cerveza vacías y otros elementos; y a los gritos, de una patada, abrió la puerta del frente de la casa, tomando luego del cuello a la víctima, llevándola hasta la pieza, donde le dio un fuerte golpe en la parte frontal de la cabeza con un objeto contundente, ocasionándole la pérdida del conocimiento y un corte en un dedo de la mano derecha, constatado por el médico policial, que dictaminó diversas heridas: escoriación cervical en cara anterior, contusión femoral derecha y herida cortante en dedo meñique derecho.

Posteriormente, coaccionó a su expareja para que le permitiera vivir con ella y los niños, sometiéndola a presiones psicológicas y físicas, logrando quebrantar la voluntad de la víctima, en el marco de una situación de violencia de género grave".

Calificación jurídica-penal de los hechos: Primer hecho: abuso sexual gravemente ultrajante (artículo 119, 2° párrafo, del Código Penal); Segundo hecho: lesiones leves calificadas —por la relación y por haber sido cometidas por un hombre, en perjuicio de una mujer, mediando violencia de género— (artículos 89, 92 y 80 —incisos 1° y 11.° del Código Penal; Tercer hecho: lesiones leves calificadas, por haber sido cometidas por un hombre, en perjuicio de una mujer, mediando violencia de género, según artículos 89, 92 y 80 —inciso 11.°— del Código Penal; Cuarto hecho: coacciones reiteradas en un número indeterminado de veces, según artículos 149 bis, párrafo 2°; y 55 del Código Penal; Quinto hecho: desobediencia, en concurso ideal con lesiones leves calificadas por la relación de expareja y por haber sido cometidas por un hombre, en perjuicio de una mujer, mediando violencia de género; y coacciones reiteradas en un número indeterminado de veces, según artículos 239, 54, 89, 92 y 80 —incisos 1° y 11.°—, 149 bis —párrafo 2.°— y 55 del Código Penal; atribuyéndosele todos ellos al imputado en carácter de autor y en concurso real entre sí (artículos 45 y 55 del Código Penal).

Fiscal Aldo Gerosa

En el acuerdo para cerrar el caso mediante un juicio abreviado, las partes acordaron desechar algunos delitos imputados, y la condena quedó firme por la comisión de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante (artículo 119, 2.° párrafo, del Código Penal); lesiones leves calificadas por la relación y por haber sido cometidas por un hombre, en perjuicio de una mujer, mediando violencia de género (artículos 89, 92 y 80 —incisos 1.0 y 11.°— del Código Penal); lesiones leves calificadas por haber sido cometidas por un hombre en perjuicio de una mujer, mediando violencia de género (artículos 89,92 y 80 —inciso 11.°— del Código Penal); coacciones reiteradas —en un número indeterminado de veces— (artículos 149 bis —párrafo 2.°— y 55 del Código Penal); y desobediencia, en concurso ideal con lesiones leves calificadas —por la relación y por haber sido cometidas por un hombre en perjuicio de una mujer, mediando violencia de género— y con coacciones reiteradas en un número indeterminado de veces (artículos 239, 54, 89, 92 y 80 —incisos 1° y 11.°—, 149 bis —párrafo 2° y 55 del Código Penal; todos ellos en carácter de autor y en concurso real entre sí (artículos 45 y 55 del Código Penal). Costas en el orden causado.

Efectuado el cómputo legal correspondiente, el juez determinó que la pena impuesta a Nicolás Arce, vencerá en la medianoche del día 24/09/2026, ya que se tiene en cuenta el tiempo en que estuvo en prisión preventiva.

Arce está en la cárcel cumpliendo su condena desde el 27 de octubre de 2022, día que se firmó la sentencia.

 

 

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¿Cómo pedir una medida de distancia on line?

Si una mujer desea solicitar una medida de distancia online, puede realizarlo de la siguiente manera:

Cuando una mujer se encuentre atravesando una situación de violencia, puede radicar la denuncia de forma electrónica, a través de whatsapp, mail o mensaje de texto para solicitar una medida de distancia que la proteja. No es necesario que concurra personalmente, ni a efectuar, ni a ratificar la misma.

Denuncia vía electrónica

La solicitante deberá enviar un correo electrónico o comunicarse con los números de contacto enviando un mensaje con el hecho de violencia de género a denunciar, detallando sus datos y los del agresor (nombre completo, DNI, domicilio y localidad). Es importante que la denunciante adjunte foto de su DNI a esa denuncia.

Una vez recibida, la Oficina de Asistencia de las Víctimas de Violencia Doméstica y de Género o el juzgado enviarán una "Constancia de Recepción", informando si la confirman o rechazan.

En caso de que la denunciante reciba la confirmación, se notificará a través de la autoridad policial la prohibición de acercamiento para que tu agresor no se pueda acercar a vos.

 

Centros de consulta y atención sobre violencia de género en Reconquista: 

Centro de asistencia a la víctima y al testigo del delito - Defensoría del pueblo de la provincia de Santa Fe, Patricio Diez al 1316, primer piso, oficina 4. Teléfono: (03482) - 438849 / 15-577258 - Correo electrónico: [email protected]

Centro de Asistencia Judicial (CAJ) - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Santa Fe. En Reconquista: Rivadavia 365 - Teléfono: (03482) 438897 - Línea gratuita habilitada para los cinco CAJ: 0800- 555- 8632
Correo electrónico: [email protected]

Comisaría de la Mujer - Centros de orientación a la víctima de violencia familiar y sexual -

En Reconquista: Patricio Diez 472
Teléfono: (03482) 420875, interno 220.

En Vera: Perón 1235
Teléfono: (03483) 420004 - 420003 - Correo electrónico: [email protected]