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IMPACTANTE HISTORIAL DELICTIVO

Condenaron a un joven de Alejandra por diez hechos delictivos, entre ellos un abuso sexual, violencia de género, robo, amenazas con armas y varios hechos más

Daniel Molina, escuchando el acuerdo abreviado vía Zoom, en la mañana del martes 22 de noviembre de 2022

Daniel Molina, 23, DNI 42.326.966, domiciliado en la localidad de Alejandra, fue condenado por los delitos de Abuso sexual con acceso carnal, coacción reiterada (2 hechos), lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, amenazas (dos hechos), daños en concurso real con amenazas, violación de domicilio, robo agravado por fractura de aberturas de lugar habitado, amenazas agravadas por uso de arma y evasión, en concurso ideal con lesiones leves dolosas, y desobediencia a mandato de autoridad, en concurso ideal con falsedad ideológica de documento público, al hacer insertar en un instrumento público declaraciones falsas concernientes a un hecho que el documento deba probar, de modo que pueda resultar perjuicio; todos los hechos en Concurso real entre sí, y en calidad de autor. 

La sentencia a la pena de seis años de prisión, firmada por la jueza Claudia Bressan, fue acordada por todas las partes, en un juicio abreviado concluido el 22 de noviembre de 2022, con la participación del Dr. Aldo Gerosa por la Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Sexual y Familiar; y el defensor público Orlando Toniolo.

Hechos imputados:

PRIMER HECHO: El 11 de Febrero de 2019, alrededor de las 05:00 horas de la madrugada, en la localidad de Alejandra, en circunstancia en que ASL., se encontraba en casa de Carlos Zacarias (en la localidad de Alejandra) bebiendo bebidas alcohólicas junto a usted, al retirarse a dormir usted, se va llevándola bajo amenazas de que se iba a matar si no lo acompañaba, acto seguido la sujeta de la boca, la tira a la cama con los brazos hacia atrás, le baja los pantalones, la bombacha y la penetró, causándole lesiones a la víctima.

SEGUNDO HECHO: El día 14 septiembre del 2020 a las 17:30 horas, y el 21 de septiembre del 2020 a las 18:00 horas, haber amenazado y coaccionado a ASL., para que la misma no concurra a las entrevistas psicológicas dispuestas en el marco de la investigación penal preparatoria a causa de una denuncia de la mujer por supuesto abuso sexual con acceso carnal, impidiendo que se obtenga información del hecho y del estado psicológico de la víctima, afectando la marcha de la justicia, en el marco de un contexto de violencia de género.

TERCER HECHO: El día 1 de octubre del 2019, a primera hora de la mañana y luego de haber estado toda la noche anterior en la casa de un familiar de ASL., en circunstancias en las cuales se ingirieron bebidas alcohólicas y cuando la víctima quiso irse a la casa de su madre, haberla golpeado con sus puños y arrastrado para que fuera a la casa del imputado, ocasionándole lesiones en la cabeza, en la cara y detrás de la oreja, produciendo el desvanecimiento de la víctima, pese a conocer que está cursaba un embarazo de alto riesgo de 4 meses, del cual usted era padre, y motivando la internación de urgencia en el Samco de Alejandra.

CUARTO HECHO: El día 1 de octubre de 2019 y estando ASL internada en el Samco, se acercó hasta la habitación donde la misma se encontraba y a través de la ventana y, luego de golpear el vidrio para que lo escuchara y le prestara atención, haberle dicho que cuando saliera la mataría a ella y al bebé que estaba gestando, con la intención presunta de que no se trasladara al hospital de Reconquista y que no lo denuncie penalmente por las lesiones ocasionadas.

QUINTO HECHO: El día 15 de Junio de 2018, en horas de la noche, amenazó de muerte a F. ocasionando temor en la mujer porque estaba sola y conoce de la violencia de carácter del imputado.

SEXTO HECHO: El 8 de febrero de 2019, alrededor de las 03:00 de la madrugada, junto a Carlos Zacarías, ingresó al domicilio de Orlando Oscar Mendoza, quien se encontraba solo en su domicilio de la localidad de Alejandra, y lo amenazaron manifestándole: "tenemos balas y cuchillos para vos, te vamos a matar botón" entre otras cosas; y le rompieron el candado del portón y una silla plástica.

SÉPTIMO HECHO: Los días sábado 2 y domingo 3 de febrero de 2019, Gustavo Ceferino Rojas se encontraba fuera de su domicilio por cuestiones laborales, circunstancia que aprovechó usted para ingresar al domicilio violentando la ventana que da a la parte de atrás, la cual tenía rejas metálicas, apoderándose de dos valijas, ropas, un centro musical Sony, varios cuchillos de campo, dos pares de zapatillas y seis copas de vidrio.

OCTAVO HECHO: el 5 de febrero de 2019, alrededor de las 02:30 de la madrugada, Gustavo Ceferino Rojas se encontraba junto a su familia en el comedor del camping comunal de la localidad de Alejandra, cuando ingresó Molina con otras dos personas, y Rojas advirtió que tenía prendas que le había robado de su casa, y se lo hizo saber. La reacción de Molina fue sacar de entre las prendas un cuchillo con el que amenazó e intentó agredirlo, hasta que fue reducido por varias personas.

NOVENO HECHO: El 3 de noviembre de 2020, siendo las 20:30 horas, Baltasar Hernán Acosta, empleado policial, se encontraba en la Comisaría de la Localidad de Alejandra, a cargo de la custodia de Molina, quien pidió salir al baño porque se sentía descompuesto y aparentaba tener arcadas. Acosta accedió al pedido y al ver que no salía del baño, se acercó a la puerta y, en ese momento, lo empujó violentamente, haciéndolo caer al suelo, donde golpeó la cabeza contra la pared, y aprovechó para darse a la fuga velozmente, saltando un tapial. No lo pudieron capturar, sino recién unas tres horas después, cuando se había metido en el domicilio de su víctima AL.

DÉCIMO HECHO: Haber introducido información y datos falsos en las carpetas judiciales, con los que engañó a su propio defensor técnico, al fiscal del caso y a la misma jueza de la etapa intermedia, Claudia Graciela Bressán, que dispuso la libertad del imputado sujeta al cumplimiento de estrictas restricciones, el 3 de agosto de 2022. Ya en libertad, incumplió con las restricciones impuestas. También incumplió las obligaciones de guardador su padre, Jorge Martín Molina, quien se había comprometido, mintiendo que vivía en Rosario, siendo que lo hacía en Alejandra, donde siempre siguió su hijo. Nunca se presentó en la Comisaría de Rosario, donde debía ir a firmar su comparencia. Peor aún, regresó al domicilio de su víctima, ASL, teniendo prohibición de acercamiento; es decir, no cumplió, ni intentó cumplir su compromiso.                

Calificaciones: abuso sexual con acceso carnal, coacción reiterada (2 oportunidades), lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, amenazas (dos hechos), daños en concurso real con amenazas y violación de domicilio, robo agravado por fractura de aberturas de lugar habitado o sus dependencias, amenazas calificadas o agravadas por uso de arma, evasión en concurso ideal con lesiones leves dolosas, y desobediencia a mandato de autoridad en concurso ideal con falsedad ideológica de documento público al hacer insertar en un instrumento público declaraciones falsas, concernientes a un hecho que el documento deba probar, de modo que pueda resultar perjuicio (la sentencia del 03 Agosto 2022 en cuanto a las circunstancias de lugar de domicilio real para obtener la libertad, guardador, encontrar empleo útil en Rosario o zona  de influencia); todos los hechos en Concurso Real entre sí y en calidad de autor, artículos 149 bis 2º párrafo, 183, 55, 149 bis 1er. párrafo, 150;  167 inc. 3º, 149 bis 2º párrafo, 280, 89, 92 y por su imperio, 80 inc. 8º, 119 3º párrafo, 149 bis, 149 bis segundo párrafo, 89 en función del artículo 92, 55 y 45  del Código Penal.