20 condenados y 11 probations en la mega causa por conformar una asociación ilícita para explotar juegos ilegales, defraudar al estado provincial y pagar coimas

En audiencia pública realizada el martes 13 de diciembre de 2022, en los Tribunales de Reconquista, la jueza penal Claudia Bressán, condenó a Graciana Valeria Agustini, Raúl Javier Arraga; Gregorio Néstor Ramírez, alias "Chaco"; Adrián Marcelo Mai; Marcelo Andrés Driussi y a Santiago Alejandro Saucedo, como autores penalmente responsables de los delitos de explotación, administración y organización del sistema de captación de juego de azar, sin contar con la debida autorización emanada de la autoridad competente, en concurso ideal con asociación ilícita; y en concurso real con Defraudación al Estado o Administración Pública y Cohecho Art.301 bis , 174 inc. 5, 258, 210, 54, 55 y 45 del Código Penal Argentino.
También fueron condenados, María Alejandra Pujato; Dalila Elisabet Yoris; Selene Soledad Baragiola; Lorena Paola Correa; Delia del Carmen Marti; Luciana Beatriz Calderón; Gregorio Néstor Ramírez; Emilse Luisina Martínez; Adriana Griselda Ghan; Carlos Emilio Mariani; Juan Angel Alegre; Claudia Mabel Pereyra; Vanina Adriana Mai y Aldo Gustavo Ghan, como autores materiales y penalmente responsables de los delitos de explotación , administración y organización de sistema de captación de juego de azar sin contar con la debida autorización emanada de autoridad competente, en concurso ideal con asociación ilícita en carácter de miembros; y en concurso ideal con defraudación al estado, conforme los arts. 301 bis, 174 inc. 5, 210, 45 y 55 del Código Penal Argentino.
Las veinte personas mencionadas, fueron condenadas a la pena de tres (3) años de prisión de ejecución condicional, la cual quedará sujeta al cumplimiento de las siguientes obligaciones y reglas de conducta: fijar domicilio donde puedan ser localizados, abstenerse de usar estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas, no cometer nuevos delitos dolosos, especialmente los tipificados en la acusación de esta causa; adoptar oficio, industria o profesión; y realizar un curso para juego responsable, o contra la ludopatía, el que deberá dictarlo Lotería de Santa Fe en Reconquista, antes o hasta el 30 de junio de 2023.
Las condenas fueron acordadas por el fiscal Rubén Martínez y los abogados defensores, avalado por la jueza penal Claudia Bressán, quien dispuso que el dinero secuestrado en los allanamientos realizados durante la investigación, será destinado de la siguiente manera: el 80% será en carácter de resarcimiento para la parte querellante (Provincia de Santa Fe) y el 20% restante en carácter de multa y en favor del Ministerio Público de la Acusación (MPA). Estos porcentajes implican dividir el dinero depositado en certificados de plazo fijo del Banco de Santa Fe s.a., de la suma de 5.737.914 pesos argentinos; y 31.935 dólares.
En cuanto al delito imputado oportunamente a Adrián Mai, por "tenencia ilegítima de arma de guerra, en concurso real y en calidad de autor", según artículo 189 bis, inciso segundo, párrafo 2° y Art. 45 del Código Penal, en función de los artículos 1, 3, 14, 29, 42 de la Ley 20429, la persecución penal cayó por prescripción por el paso del tiempo. A ese delito, caído por la demora en el trámite judicial, el Código Penal lo reprocha con pena de 2 a 6 años de prisión.
PAJARITO ROSSI
En otra audiencia, celebrada este mismo martes 13 y por la misma causa, pero a través de internet (Vía Zoom), la jueza admitió el criterio de oportunidad, conforme al Art.19 inc. 7° del Código de Procedimiento Penal de la Provincia de Santa Fe, en el cual el fiscal prescindió de la persecución penal de José Sixto Rossi, alias "Pajarito", de 84 años, disponiendo que el dinero secuestrado oportunamente en su poder, en moneda nacional y extranjera, se distribuirá en un 80% en favor de la querella (la provincia) y un 20% a favor del MPA, en concepto de multa. Además, Rossi deberá abonar una reparación civil en favor de la Provincia de Santa Fe, por la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000.-) que deberá efectivizar en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas, venciendo ellas el día 30/12/2022; 30/01/2023 y 27/02/2023. También se acordó la destrucción del arma secuestrada en poder de Rossi, quien también zafó de ese delito imputado.
PROBATION PARA OTROS ONCE IMPUTADOS
En el día del juego ilegal en los tribunales de Reconquista, además, la jueza penal Claudia Bressán, avaló la "Probation" para Liliana Graciela Ghan, Fani Leticia Lourdes Benítez, Geraldine Jaqueline Sandoval, Susana Mercedes Cantero, Caren Vanessa Bournissent, María Eugenia Ganchier, Karen Daiana Centurión, Mariela Natalia Alegre, Melani Yoris, Karen Noelí Lemos, y Natalia Andrea Cairati, también acordada por sus defensores con el fiscal Martínez.
Probation es como referimos a la suspensión del juicio a prueba, un beneficio para los imputados por alguna comisión delictiva, que implica que, si durante el tiempo acordado (en este caso son dos años) guardan buena conducta y cumplen con las condiciones impuestas, el Poder Judicial desistirá de la persecución penal y no les quedaría ningún antecedente.
Las reglas de conducta que deberán cumplir los beneficiados con la probation: fijar domicilio donde puedan ser localizados, la obligación de abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas, no cometer nuevos delitos dolosos, especialmente los notificados en la presente causa; adoptar oficio o profesión adecuado a su capacidad; realizar trabajos comunitarios por el plazo de un año, una vez cada 15 días, por cuatro horas cada vez, en una institución de bien público; y realizar un curso para el juego responsable o contra la ludopatía, el que será organizado por la Caja de Lotería de Santa Fe.
Dos imputadas aún sin sentencia
Solo quedó pendiente resolver la situación de las imputadas Daniela Estefanía Biasoni y Daniela Vanesa Segovia, quienes no asistieron a esta audiencia, la que deberá reprogramarse, según dispuso la jueza. El fiscal anticipó que hay un acuerdo con sus defensores para una Probation con iguales condiciones.
El proceso penal se había iniciado en noviembre de 2019. Por aquellos días hubo numerosos allanamientos y varias detenciones. Antes de fin de año, ya nadie quedaba privado de la libertad.
Qué dice la ley sobre los delitos imputados:
Artículo 301 bis: Será reprimido con prisión de 3 a 6 años el que explotare, administrare, operare o de cualquier manera organizare, por sí o a través de terceros, cualquier modalidad o sistema de captación de juegos de azar sin contar con la autorización pertinente emanada de la autoridad jurisdiccional competente.
Artículo 210: Será reprimido con prisión o reclusión de 3 a 10 años, el que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas, destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación. Para los jefes u organizadores de la asociación,el mínimo de la pena será de 5 años de prisión o reclusión.
Artículo 258: Será reprimido con prisión el que directa o indirectamente diere u ofreciere dádivas en procura de alguna de las conductas reprimidas por los artículos 256 y 256 bis, primer párrafo. Si la dádiva se hiciere u ofreciere con el fin de obtener alguna de las conductas tipificadas en los artículos 256 bis (como en este caso), la pena será de reclusión o prisión de 2 a 6 años.
Artículo 174: Sufrirá prisión de 2 a 6 años el que cometiere fraude en perjuicio de alguna administración pública.
Anteriores condenados por juegos ilegales
Vale recordar que el 1° de abril de este mismo años 2022, fueron condenados el contador Rubén Alejandro Speranza, nacido el 4 de abril de 1977; y Edgardo Emanuel Casalis, nacido el 3 de agosto de 1983, por haber armado una asociación ilícita para administrar, explotar y organizar juegos clandestinos, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, más multa de $450.000.-, el decomiso de bienes secuestrados (que mas abajo mencionamos); y las siguientes reglas de conducta: fijar residencia y someterse al cuidado de un patronato, abstenerse de concurrir a lugares donde se realicen u organicen juegos de azar, prohibición de tener armas de fuego o portar armas de cualquier tipo, realizar trabajos no remunerados en favor de la Municipalidad de Avellaneda durante seis meses, con una carga de seis horas mensuales, fuera de sus horarios habituales de trabajo.
