El juez Basualdo declaró prescripto el proceso penal contra el exfuncionario Pablo Zancada "por el paso del tiempo". ¿Se durmió el fiscal?. La opinión de Gustavo Raffin
Aquí la "vidriosa" resolución del juez y un repaso del caso.

A seis años de iniciarse la causa penal y aún sin juicio, el juez penal Gonzalo Basualdo declaró prescripto el proceso penal contra el director Provincial de Agricultura Familiar del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, Pablo Zancada, argumentando "el paso del tiempo sin actos interruptivos".
EL VIDRIOSO ARGUMENTO DEL JUEZ QUE DEBERIA REVISAR LA CAMARA DE APELACIONES
El espíritu de la legislación argentina es que cuando el presunto delito se cometió en el ejercicio de la función pública, no prescriba por el paso del tiempo.
Puntualmente, el Código Penal Argentino establece que "la prescripción se suspende en los casos de delitos cometidos en el ejercicio de la función pública"; pero el juez interpreta que " la causal suspensiva, no comprende cualquier empleo estatal, sino que es necesario graduar la posible influencia en el entorpecimiento de la acción investigativa judicial. Así, entonces, podemos decir que la suspensión radica en evitar que el funcionario público pudiera ejercer su influencia o recurrir a sus facultades funcionales para obstaculizar o impedir el ejercicio de la acción penal de manera concreta y materialmente viable".
El Dr. Basualdo entiende que Zancada no tenía suficiente categoría de funcionario como para que pueda "emplear su autoridad o influencia con el fin de perjudicar el ejercicio de la acción penal".
Sostiene el juez de primera instancia, q ue "no alcanza con el mero carácter de funcionario público para que se suspenda el curso de la prescripción de la acción penal, sino que debe tratarse de funcionarios, estatus funcional y competencia administrativa suficiente que permita sospechar que pueden emplear su autoridad o influencia con el fin de perjudicar el ejercicio de la acción penal. En otras palabras, la influencia que el funcionario público puede ejercer en el trámite de la investigación tiene que tener un sustento objetivo, y no puede apoyarse conjeturalmente en el mero cargo funcional que desempeñe", donde se apoya en un fallo del ex juez Zaffaroni. Al fin y al cabo es una opinión; y habrá que ver si coincide con la del juez de Cámara que ha de revisar esta decisión.
Añade el Dr. Basualdo en la decisión que favorece a Zancada, que "una interpretación demasiado literal y estricta de la causal de suspensión (de los plazos de prescripción) y su aplicación a todos los casos, llevaría a una solución injusta en la que se violaría flagrantemente la garantía constitucional de la igualdad ante la ley, y los Pactos y Tratados", a los que adhiere Argentina.
Para el Dr. Basualdo, la causa "no es compleja" como para tanta prolongación en el tiempo, lo que afecta las garantías de los imputados; y él decidió ponerle " racionalidad a los tiempos de duración de un proceso penal en desarrollo".
Todos los fundamentos del juez pueden ser leídos en el texto completo del fallo, que compartimos al final de este informe.
¿Se durmió el fiscal Aldo Gerosa?. La respuesta definitiva aún no está, porque al ser una sentencia de primera instancia, el representante del Ministerio Público de la Acusación puede apelar ante la Cámara Penal para que revoque la decisión y permita avanzar al juicio.
Desde el MPA respondieron que analizarán los argumentos para decidir los pasos a seguir.
Vale recordar que en el proceso penal también fue imputado Roberto Fumo, el empleado público provincial que colaboraba con Zancada, quien había sido nombrado por el entonces gobernador Antonio Bonfatti.
Zancada renunció como funcionario público el 6 de octubre de 2016, en medio del escándalo.
Por esta causa, estuvo un tiempo en prisión domiciliaria con salidas laborales, tal lo habían acordado sus defensores con el fiscal el 21 de septiembre de 2018. Su colaborador, CPN Roberto Fumo, siguió siempre el proceso en libertad, con una fianza de $200.000.-
FISCAL EN REPOSO LABORAL
Mientras el juez Basualdo decidió la prescripción de la causa, el fiscal Gerosa continúa de licencia médica psiquiatrica, una de las tantas que ya solicitó en los últimos tiempos, lo que complica el seguimiento de varias causas penales, todas de delicados tintes, ya que lidera la Unidad Fiscal de Delitos Sexuales y Violencia de Género, donde, entre tantos otros hechos, está la violación y homicidio en banda contra una adolescente de 14 años (Rocío Vera) donde estos días hubo que postergar la audiencia preliminar al juicio (con 6 detenidos). También tiene el proceso penal contra lo que él mismo definió como "la banda más peligrosa de la historia" vinculada con delitos contra la propiedad, donde en el juicio de primera instancia no pudo probar los hechos, lo que ahora hay que seguir en Cámara.
REPROCHE POR LA FALTA DE CONTROLES

Vale recordar que la Cámara Penal de Apelaciones, en su momento, mencionó que "el Tribunal Administrativo, cuya principal misión es nada menos que aprobar o desaprobar la percepción e inversión de los caudales públicos y declarar las responsabilidades que resulten, ha apresurado, sin motivo alguno, o que al menos se pueda razonablemente justificar, la aprobación de los fondos confiados, máxime si tenemos presente que contaban con el pleno conocimiento de que el Ministerio Público de la Acusación, MPA, estaba realizando tareas investigativas por sospechas fundadas en la tramitación y adquisición del camión "Unimog", circunstancia que, aplicando los criterios vinculados a las cuestiones previas y/o prejudiciales imponía, responsablemente en la especie, estar a resultas de la causa penal cuyo inicio databa del 26 de octubre de 2016, y no, como en el caso, aprobar sin que "...en modo alguno significa liberar de responsabilidad administrativa patrimonial a los cuentadantes o a los terceros, si como consecuencia de otros procedimientos se manifestaren otros elementos probatorios, errores o falsedades en la documentación considerada conforme al artículo 218° de la Ley 12.510...", norma ésta que solo es aplicable a los aspectos formales, más no cuando mediaban cuestiones penales que hacían procedente suspender provisoriamente el pronunciamiento y/o adopción, entre otras disposiciones, de lo previsto en los arts. 228, 230 sig y conc. de la Ley 12.510".
Eso lo dijo la Cámara Penal cuando la causa Zancada iba rumbo al juicio por los delitos de uso de documento privado falso y abuso de autoridad.
Opinión

El caso Zancada tiene un tinte especial , ya que los hechos imputados fueron durante el ejercicio de la administración pública; y si el final es la prescripción por el paso del tiempo (o sea la falta de impulso fiscal) consolida la repugnante tendencia de que las persecuciones penales contra los actores del poder no demandan atención suficiente. Más de lo mismo.
Siempre se supo que el aparato judicial se siente más cómodo y pone todas sus energías persiguiendo rateros barriales. Es cuestión de mirar los expedientes o visitar las cárceles, alcaidías y comisarías, llenas de pobres.
Desde ReconquistaHOY sostenemos que El Caso Zancada demuestra el poder discrecional de los políticos, exento de controles sinceros, como ya lo reprochó la Cámara Penal en este caso (leer arriba). Peligroso. Sino veamos cómo anda la República.
Si la Cuña Boscosa necesitaba un camión Unimog, Zancada debió gestionar un subsidio específico, no inventarlo.
No es excusa válida "el apuro" que argumentó, ya que ha demostrado el poder que tenía para conseguir una rápida resolución.
La operación nació mal, con falsedad, aunque él haya referido a "una mentira con beneficios positivos" cuando se defendió en un reportaje en ReconquistaHOY.
Exhibiendo una pornográfica discrecionalidad, sacó el subsidio a nombre de una comunidad aborígen de Los Laureles, quienes viven a metros del pavimento y para nada necesitaron ni necesitan un Unimog.
Usó una comunidad aborigen para sacar el dinero que quiso del Estado, que por otra parte fue muy superior al valor del camión adquirido. Además, presentando facturas truchas. Todo bochornoso. Hasta la decisión del Tribunal de Cuentas de no censurar ese "negocio".
Zancada remarcó en un reportaje de ReconquistaHOY -cuando explotó el caso- que no se quedó con nada, que el dinero que sobró del subsidio lo repartió entre la comunidad aborígen. Cuando el cacique llamó a ReconquistaHOY y le reprochó que solo recibieron los afines a Zancada, se defendió diciendo que repartió "entre los que estaban en ese momento".
¿Puede aceptarse ese criterio para repartir el dinero de los contribuyentes?.
¡Inaceptable!
¿Tiene algo de criterioso un político repartiendo dinero así, tal Papá Noel?. No.
Es otra demostración del poder discrecional de los políticos, mal utilizado, sin posibilidades de un control, que además parece desinteresado de parte de otras estructuras del Estado. Eso surge de la benevolencia del Tribunal de Cuentas de la Provincia y de la falta de dedicación del fiscal; y curiosamente toda la información aquí comentada surge de la investigación del MPA.
Si el manejo discrecional de dineros públicos queda en evidencia en un funcionario de cuarta categoría, ¿qué ha de ocurrir en los niveles superiores?. La respuesta es el estado desesperante de la República y la asfixia de los contribuyentes.
Y Zancada corre con otra carga, porque siendo dirigente empresario se llenó la boca tantas veces despotricando contra los políticos, pero cuando se convirtió en político, fue uno más.
Gustavo Raffin - ReconquistaHOY